· Pago del salario.
· Cumplimiento del régimen de descanso.
· Recibir recargo nocturno y por horas extra.
· Recibir prestaciones como cesantías, intereses de cesantía y prima de servicios; o lo pactado en la convención colectiva.
· Recibir subsidios. Sólo existe el de familia, por medio de las cajas de compensación.
· Recibir auxilios, como el de transporte, calzado y uniformes.
· Recibir indemnización por terminación unilateral del contrato sin justa causa.
· Recibir protección a las empleadas embarazadas y al menor trabajador.
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